En “Las palabras y las cosas”, Michel Foucault cita a Jorge Luis Borges cuando éste, a su
vez, cita “cierta enciclopedia china”, donde está escrito que: los animales se dividen en a) pertenecientes
al Emperador, b) amaestrados, c) embalsamados, d) lechones, e) sirenas, f)
fabulosos, g) perros sueltos, h) incluidos en esta clasificación, i) que se
agitan como locos, j) innumerables, k) dibujados con un pincel finísimo de pelo
de camello, l) etcétera, m) que acaban de romper el jarrón, n) que de lejos
parecen moscas.
Descontadas las contradicciones irreductibles entre el todo y la parte de los animales h), del carácter de
innumerable de todos los animales si una clase de ellos lo es, de los j) y de
los animales etcétera de la l), que no aparecen al final sino en el lugar antepenúltimo, (un
recurso estilístico de Borges que nos dice que la cosa no es tan fácil como
parece), se distinguen catorce criterios
que “ordenan” la clasificación.
Inicio mi clase de Investigación Científica
Criminal con este ejercicio de taxonomía, tan necesaria cuando nos vemos obligados a profundizar en la realidad atravesando la cáscara de las cosas que esconde su esencia, a trabajar con la eterna antinomia del ser y del parecer, de la esencia y del fenómeno, doblemente dificultada por
nuestro adversario, el autor del delito que hace lo imposible por encubrirlo,
por borrar las huellas, rastros e indicios que nos permitirían llegar a él. Pero, si el cuatrero que amarra un rastrojo a la cola de su caballo cuando huye del lugar de la fechoría, usa un recurso tan bruto
como la mentalidad del investigador que no logra cambiar las huellas de la
herradura por las del rastrojo, nosotros debemos poder, porque esas huellas "alternativas" nos llevarán al mismo lugar.
De eso se trata, de saber distinguir como hace Alfredo Zitarrosa, cuando asevera que "una cosa es una cosa y otra cosa es otra cosa", porque esa distinción es la que nos orienta en la dirección correcta.
De eso se trata, de saber distinguir como hace Alfredo Zitarrosa, cuando asevera que "una cosa es una cosa y otra cosa es otra cosa", porque esa distinción es la que nos orienta en la dirección correcta.
Después de la infaltable risa del auditorio
ante esta desopilante clasificación, la misma que sacude a Foucault leyendo a
Borges, entramos en materia. Con la certeza de saber que ninguno de estos dos pensadores
es lo que podría llamarse un payaso que hable tonterías de risa fácil, se hace necesario entender el verdadero mensaje. Y lo hacemos revisando los artículos del Código Penal que nos permiten clasificar las lesiones en leves, de
mediana gravedad y graves, los conocidísimos 397, 398, 399,
400, 401, 402, 403, 403 bis y 494, sin
olvidar que el objetivo del Código es, finalmente, la determinación de la pena.
La primera tarea es la identificación de los
criterios, porque, al decir de Foucault:
“…no
existe, ni aun para la más ingenua de las experiencias, ninguna semejanza,
ninguna distinción que no sea resultado de una operación precisa y de la aplicación
de un criterio previo”
Constatamos que los criterios son: a) la demencia, b) la inutilidad para el
trabajo, c) la impotencia, d) el impedimento de un miembro importante, e) la
notoria deformidad, f) la evolución de treinta días, g) la administración a sabiendas de sustancias
nocivas, h) el abuso de credibilidad, i)
el abuso de flaqueza de espíritu, j) la víctima cónyuge, k) la víctima conviviente, l) la relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, m) entre padres de un
hijo común, n) la víctima menor de edad, o) la víctima adulto mayor, p) la víctima discapacitada, q) la víctima dependiente, r) el premio o recompensa remuneratoria, s) el uso
de veneno, t) el ensañamiento, u) la víctima guardador, v) la víctima sacerdote, w) la víctima maestro, x) la víctima constituida en autoridad o autoridad pública, y) en riña o pelea en que
no conste el autor, z) el uso de armas en riña, aa) el envío de cartas o encomiendas
explosivas, ab) la calidad de las personas, ac) las circunstancias del hecho, ad) el concepto del tribunal.
Si quisiéramos
distribuir estos criterios en categorías, veríamos que corresponden: al
daño producido; al trascurso del tiempo; a la calidad de la víctima; a la
relación de parentesco; a circunstancia agravantes; al mecanismo de lesión; a
las circunstancias del hecho.
La comparación con la “cierta enciclopedia china”,
tan propia del imaginario de Borges, permite constatar que ésta, con las
excepciones ya señaladas, utiliza criterios
acotados, fácilmente reconocibles, lo que no sucede con nuestro código que,
además de utilizar criterios dobles que aumentan el catálogo, no señala, por ejemplo, cuáles miembros son importantes y cuales no lo
son, cuándo una deformidad es notoria y cuando no lo es, que se entiende por calidad de las personas y circunstancias
del hecho…
Concluye Foucault: “Este texto de Borges me ha hecho
reír durante mucho tiempo, no sin un malestar cierto y difícil de vencer.
Quizá porque entre sus surcos nació la
sospecha de que hay un desorden peor que
el de lo incongruente y el acercamiento de lo que no se conviene, sería el
desorden que hace centellear los fragmentos de un gran número de posibles
órdenes en la dimensión, sin ley ni geometría…”