lunes, 21 de marzo de 2016

Aborto terapéutico

Lo primero que debieran hacer quienes pontifican en el tema, es, como se hacía antes, definir los términos y si no está definidos, acordarlos. Don Andrés Bello viene en nuestra ayuda, desde la noche de los tiempos que tenían, por lo visto, más claridades y erudición que los días actuales. En su artículo 21 del Código Civil (1855), señala que "Las palabras técnicas de toda ciencia o arte se tomarán en el sentido que le den los que profesan la misma ciencia o arte, a menos que aparezca claramente que se han tomado en sentido diverso". 

Así los médicos, y yo fui uno de ellos, entendíamos por aborto terapéutico la interrupción de la vida del embrión o del feto cuando su existencia ponía en riesgo la vida de la madre, y no como una intervención dirigida a su mortificación, sino como un efecto colateral del tratamiento exigido por la afección de la madre. Y eso sucedía, y sigue sucediendo, solamente en tres ocasiones: en el embarazo ectópico, habitualmente tubario, en la eclampsia grave, caracterizada por hipertensión severa y convulsiones y en la infección grave del huevo, es decir, en el acúmulo de pus en la cavidad uterina. 

Ninguna mente medianamente equilibrada exigiría una norma legal para impedir la explosión de la trompa en el embarazo tubario, para extirpar la placenta cuyas secreciones generan hipertensión maligna en la eclampsia o para vaciar el abceso uterino en la infección del huevo, y de hecho se hizo y se hace sin que hasta el momento haya habido médicos encarcelados por ello. 

No existe razón alguna, por lo tanto, para legislar al respecto, y si se legisla, deberán utilizarse los términos adecuados, al viejo estilo de don Andrés. Si el tema son los abortos por violación, o el embarazo adolescente, o infantil, o la multiparidad en la pobreza, o los embarazos de las monjas, o el embarazo con el vecino demasiado blanco o demasiado negro, o la viabilidad del producto de la concepción, en ocasiones una masa informe de células que "late", único requisito que un distinguido parlamentario exige para protegerlo aunque sea una mola hidatidiforme, que de humano sólo tiene su origen, o un bebé descerebrado (que hay que descontinuar porque puede llegar a ser parlamentario), entonces no se hable más de aborto terapéutico.

La otra mirada es legal. Los defensores de la vida desde el Parlamento deberían recordar que la jerarquía de las leyes no solamente se establece por los quorum necesarios para aprobarlas, sino que también los artículos constitucionales se ordenan de mayor a menor jerarquía, elemento de trabajo útil para interpretar las preponderancias respectivas.

Así, el primer sustantivo del primer artículo de la primera ley de la República, la Constitución, es PERSONA, y en su inciso cuarto establece que el Estado está al servicio de la PERSONA, y el feto o el embrión no son personas, porque están pendiendo del cumplimiento de una condición: nacer vivo, la más riesgosa de las eventualidades en la vida de los seres vivos intrauterinos, tanto que es más probable morir que nacer, alguien ha dicho con razón que somos los sobrevivientes del parto. Y el asesino del 80% de los productos incipientes de la concepción es... la selección natural o el tata Dios, según sea el enfoque, científico causalista o teológico finalista, porque alguien tiene que hacerse cargo de esos millones de abortos realmente terapéuticos del embrión malformado, que se producen diariamente y que el organismo de la madre expulsa sin preguntarle a nadie y sin necesidad de discusión parlamentaria.

Los que rasgan vestiduras por el huevo recién fertilizado basan su defensa en una frase escueta, del artículo 19: "La ley protege la vida del que está por nacer", una especie de acertijo que hay que resolver, aunque el sentido común diría que estar por nacer debería corresponder a un feto de cinco o seis meses que puede sobrevivir con ayuda médica intensiva, de ser expulsado de la matriz, pero difícilmente decimos que está por llegar el que está preparando viaje para dentro de nueve meses. Si don Andrés hubiera redactado el artículo, y hubiera dicho,por ejemplo, el producto de la concepción, nada de esto estaría sucediendo.

En resumen, ante la disyuntiva de sacrificar una PERSONA que existe, que forma parte de una familia, que tiene obligaciones, que atiende a otros hijos, que ha creado afectos, por la de un ser vivo que no es aún PERSONA, no es realmente una disyuntiva, es lo que es en la actualidad, una forma inicua de utilizar un tema con fines electorales, que como dijo el padre Goic, atinado como siempre, es un desatino.