jueves, 7 de junio de 2012

De Aristóteles a Máynez



Aristóteles, en su Etica nicomaquea, nos dice que "Lo equitativo, al ser justo, no es justo según la ley, sino un correctivo  de la justicia legal. La razón de ello es que la ley es siempre algo general, y que hay casos de especie tal que no es posible formular para ellos un enunciado general que se aplique con certeza. Asi vemos claramente lo que es equitativo, que lo equitativo es justo y que es superior a cierta clase de lo justo"

Distinguimos así tres clases de justicia que, abusando del lenguaje, podemos catalogar como la justicia legal, la justicia justa y la justicia equitativa. Diríamos ahora, la justicia del iuspositivismo, la justicia del iusnaturalismo y la justicia del realismo jurídico, una distinción avizorada por Erlich, al inicio del siglo XX, al inaugurar una nueva ciencia interdisciplinaria, la sociología jurídica. 

Erlich planteó que: " El centro de gravedad del desarrollo del derecho, no reside en la legislación, ni en la ciencia jurídica, ni en la jurisprudencia, sino en la sociedad misma", que siendo los fenómenos jurídicos fenómenos sociales, dondequiera que la sociología jurídica perciba la existencia de algún tipo de derecho, estará ahí para investigar ese fenómeno, como fenómeno social jurídico.

Esa misma relación es la que grafica Máynez, en su teoria de los tres círculos, mil quinientos cincuenta y tantos años después de Aristóteles, y es  talvez la misma que subyace en la sana crítica de nuestra reforma penal, donde la ciencia escrita debe pasar por el tamiz de la lógica que permite juzgar su justicia en el caso específico, y por el de la experiencia, que no es otra cosa que la realidad repetida.









No hay comentarios:

Publicar un comentario